martes, 14 de agosto de 2012

INTENSA PARTICIPACION DE LA SENADORA NEGRE DE ALONSO EN LA REFORMA DEL CODIGO CIVIL


Liliana Negre de Alonso (P.J. San Luis) formó parte  en la Cámara Alta de la reunión de la Comisión Bicameral 
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La Bicameral analiza la reforma del Código Civil y Comercial, y contó con la presencia del titular de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, la Ministra del máximo tribunal de Justicia de la Nación Elena Highton de Nolasco y de la ex integrante del Supremo Tribunal de Justicia de Mendoza, Aida Kemelmajer.
En su intervención, la legisladora manifestó estar en su gran mayoría de acuerdo con el proyecto presentado. Sin embargo, cuestionó que en la iniciativa se señala que “en las reglas de la interpretación de la Ley dejamos de lado la referencia a la voluntad del Legislador”. Ante esto, Negre recalcó: “Yo siempre fui una defensora de la interpretación de la intención del legislador porque el legislador representa o los ciudadanos o las provincias. Entonces la pregunta es: ¿por qué dejaron de lado en la interpretación la intención del legislador?
Como respuesta, Lorenzetti explicó que “es cierto lo de la intención del Legislador. Lo que sucede es que nuestra intención es que la Ley sea fuente primera de interpretación. Lo que se busca es evitar una interpretación originalista que puede estar fuera de tiempo y por eso se le da prioridad a las finalidades. Con esto se busca también combatir una práctica jurisprudencial que distorsiona”.
En otro tramo de su participación, la senadora puntana se refirio “a las uniones convivenciales que no responden al amor romántico (según el Dr. Marcos Córdoba), como por ejemplo una persona que acompaña hasta el último momento de su vida a otra y cuando esta muere, los herederos de la persona cuidada manda a la otra persona a un asilo o casa de mayores y esta no tiene ningún tipo de protección. O también puede suceder con dos hermanos, uno con recursos y el otro no, muere quien tiene recursos y los hijos de este echan a su tío. Son afectos, pero no románticos”. Y añadió: “Esto no está incorporado y no sé si esto es una omisión o si hubo una voluntad de la Comisión de no incorporarla. ¿Cómo verían ustedes la incorporación?”.
La consulta esta vez fue abordada por Aída Kemelmajer, quien destacó que “nosotros nos hemos pronunciado por esta unión convivencial que tiene base en la relación sexual como si fuera un matrimonio o en apariencia de matrimonio, por varias razones, entre las que está subir al escenario de la legalidad no solamente al matrimonio sino a las otras uniones. Por eso cuando nos preguntan qué queda de la familia tradicional, nosotros decimos que queda todo, porque el que quiera vivir con esa fórmula lo puede seguir haciendo”. Agregando que “si extendiamos la unión convivencial a otras cosas que no eran a las que se les parecen al matrimonio era debilitar esta idea de que esta unión convivencial debe ser protegida en torno a lo que es solidaridad”.
Negre de Alonso remarcó que “no comparto lo que ha planteado la doctora Kemelmajer con respecto a la fertilización asistida, porque al respecto tengo grandes cuestionamientos. En este punto quisiera preguntarle ¿con la gestación por sustitución cómo hacemos para proteger la identidad del niño?. Acá hay reglas excepcionales consignadas”. Y continuó: “Con respecto a los embriones, quiero referirme sólo al comunicado que ha emitido la Academia Nacional de Medicina en el que dice que hay vida desde la fecundación, algo que no es para debatirlo en este momento acá”.
Al respecto, Kemelmajer puntualizó: “Una cosa es el derecho a conocer, que integra el derecho a la identidad. Conocer que? Los orígenes. Qué orígenes? Cuando son biológicos, como en el caso de la adopción, ahí son muy fuertes. Especialmente en el Derecho argentino, con toda nuestra desgraciada historia de los desaparecidos, el derecho a conocer aún el dato genético, aunque no sea el biológico, tiene eso que no tiene en los países europeos por nuestra historia. No damos derecho a la acción de filiación o al vínculo filiativo, porque para nosotros la filiación es algo más que un dato genético. Pero sí le damos derecho a conocer ese origen genético”.