miércoles, 9 de septiembre de 2020

LA OPOSICION SOLICITO AL GOBERNADOR AISLAMIENTO DOMICILIARIO PARA POSITIVOS ASINTOMATICOS

La definición en la Cámara de Diputados fue 21 a 20 para solicitar un protocolo de la cuarentena en casa



La oposición en la Cámara de Diputados, logró definir, por un escaso voto definitorio, un proyecto para que los contagiados de coronavirus que tengan síntomas leves o sean asíntomáticos, puedan cumplir la cuarentena en su domicilio particular y no en lo lugares que el gobierno a destinado. Esto también incluye a las personas que por cierta situaciones tienen que regresar a la provincia y que no cuentan con las posibilidades económicas, y que estén distanciados de sus familaires en plena pandemia. A esto se suma el desarraigo que se les genera a los pacientes, al alejarlos de sus localidades.

PROYECTO DE DECLARACIÓN 

 SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL  LA NECESIDAD URGENTE DE QUE ELABORE Y DISPONGA  PROTOCOLOS PARA REALIZAR LA  CUARENTENA Y  AISLAMIENTO EN EL DOMICILIO.                      

Fundamentos 

 Que la Organización Mundial de la Salud e stablece que la “ cuarentena” s i g n i f i c a  r e s t r i n g i r l a s  a c t i v i d a d e s  o  s e p a r a r  a  l a s  p e r s o n a s  q u e  n o  e s t á n enfermas pero que pueden haber estado expuestas a la COVID ‑ 19. El objetivo es prevenir la propagación de la en fermedad en el momento en que las personas empiezan a presentar síntomas y que el  “aislamiento” significa separar a las  p e r s o n a s  q u e  e s t á n  e n f e r m a s  c o n  s í n t o m a s  d e  C O V I D ‑ 1 9  y  p u e d e n  s e r  contagiosas para prevenir la propagación de la enfermedad. 

                 Que  una persona se encuentra en aislamiento, es porque está enferma pero no gravemente enferma (en cuyo caso requeriría atención médica) 

● Ocupe una habitación individual amplia y bien ventilada con retrete y lavabo. 

● Si esto no es posible, coloque la s camas al menos a un metro de distancia.  

● Manténgase al menos a un metro de distancia de los demás, incluso de los miembros de su familia. 

● Controle sus síntomas diariamente. 

● Aíslese durante 14 días, incluso si se siente bien. 

● Si tiene dificultades para respirar, póngase en contacto inmediatamente con su dispensador de atención de salud. Llame por teléfono primero si es posible. 

● Permanezca positivo y con energía manteniendo el contacto con sus seres queridos por teléfono o inter net y haciendo ejercicio en casa 

.            Que afirmar el uso exitoso del aislamiento y/o cuarentena como medida de salud pública “requiere que reduzcamos , en la medida de lo posible, los efectos negativos asociados con ella”.  

          Que la imposición que se aplica a aquellos que logran el permiso para retornar  a San Luis con test de PCR negativos de COVID-19, de tener que realizar la cuarentena en los centros de emergencia dispuestos por el Gobierno, sean estos Hoteles donde el enfermo debe pagar su estadía o en las residencias de la Universidad de La Punta,  obliga  a los ciudadanos a vivenciar la separación de los seres queridos, la pérdida de libertad, incertidumbre, aburrimiento  y temor, son solo algunas de las consecuencias, que en ocasiones, pueden conllevar a efectos negativos para la salud y contradice lo expresado por la OMS. Además de que la difícil situación económica actual es una de las causas más comunes para el retorno a sus hogares de origen por lo que es casi imposible que se pueden costear hoteles o alojamientos rentados  

               Que los beneficios de realizar una cuarentena en casa acompaña las medidas de cuidado personal y el cuidado en  relación al otro,  el no tener que compartir espacios comunes como habitación y baño, no sufrir hacinamiento ni posibles contagios como ya ha sucedió en las instalaciones de la ULP.  

               Que  la evidencia del aumento de los casos de Coronavirus en la Provincia de San Luis, nos interpela a reaccionar en pos de mejores comodidades para los pacientes, tanto en los casos asintomáticos y con síntomas leves permitiendo realizar la cuarentena y/o aislamiento en el domicilio como de hecho se realiza en otros Provincias, sin hacer diferencia entre los ciudadanos se les permite autoaislarse de manera responsable en su domicilio si cumple con las condiciones para aislarse adecuadamente sin contagiar. 

            Que los centros de emergencia deben proveer las condiciones establecidas por la OMS, preparar y distribuir alimentos, servicio de limpieza e higiene permanente para aquellos pacientes asintomáticos o con síntomas leves.  

            Que los protocolos y medidas actuales del Comité de Crisis y el Gobierno provincial establecen que el aislamiento se haga en los centros de emergencia que se encuentran ubicados en las localidades más grandes de la provincia y muchos pacientes que resultan positivos de COVID-19, asintomáticos o con síntomas leves, son desarraigados de sus localidades, derivados en muchos casos a lugares  a más de 200 kilómetros.  

             Que los paciente asintomáticos o con síntomas leves,  podrían cumplir el aislamiento de sus hogares o hacer uso de esa opción, pudiendo hacer uso de su derecho a la salud, y que además generaría un ahorro de recursos materiales y humanos tan necesario para el tratamiento de pacientes con síntomas moderados y graves, que necesitan internación, asimismo se podrá brindar un mejor servicio en los centros de emergencia a aquellos ciudades que por diversas razones no cuentan en su hogar con las condiciones óptimas para transitar la etapa de aislamiento. 

Por ello;  

La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis Sanciona  Con fuerza de:

 DECLARACIÓN: 

ARTÍCULO 1 º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial y al Comité de Crisis que elabore y disponga un Protocolo de aislamiento en el domicilio para aquellos residentes en la provincia de San Luis que resulten asintomáticos o con síntomas leves de COVID-19. 

ARTÍCULO 2 ° .- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial y al Comité de Crisis que elabore y disponga un Protocolo de cuarentena en el domicilio para aquellas personas con domicilio en la provincia de San Luis y que obtengan la autorización correspondiente para ingresar a la Provincia. 

ARTÍCULO 3 ° .- De forma.-